Convocatoria extraordinaria de ayudas para la Industria Digital, Integradora y Sostenible

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Convocatoria extraordinaria de ayudas para la Industria Digital, Integradora y Sostenible, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP), en el contexto de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica.

Estas ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido y tienen la consideración de ayudas de minimis. Cuentan con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo para Aragón 2014-2020.

¿Quién puede beneficiario?

  • Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Se dirige a los proyectos empresariales de las PYME que puedan considerarse como de actividad industrial o conexa, o que, desarrollando una actividad económica de cualquier índole, ésta tenga potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social.

¿Cuáles son las actuaciones subvencionables?

  • Los gastos elegibles deberán estar dentro del plazo subvencionable (del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020).
  • Categorías de ayudas:
    • Ayudas regionales a la inversión
    • Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
  • Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental
    • Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
    • Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.
  • Ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial
    • Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
  • Ayudas para servicios de consultoría técnica
    • Podrán ser objeto de ayuda los costes de los servicios de consultorías de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico, que se hayan contratado. Estos servicios no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
    • Ayudas para los costes de subcontratación de trabajos específicos en materia de gestión de diseño.

¿Qué debemos tener en cuenta?

  • Plazo de presentación: Hasta el 30 de septiembre de 2020.
  • Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva hasta que se agote el presupuesto. Se adjudicarán teniendo en cuenta la puntuación que reciban los proyectos según los criterios de valoración determinados en la convocatoria.
  • Las intensidades de las ayudas dependerá de la puntuación de los proyectos, las categorías de ayudas solicitadas, el ámbito geográfico y el tamaño de la empresa.